¿Cómo calcular la CTS en Perú?
La CTS es un beneficio social que busca proteger al trabajador cuando termina su vínculo laboral. En el régimen general privado, los depósitos son semestrales: en mayo (por noviembre–abril) y en noviembre (por mayo–octubre).
1. Calcula la remuneración computable
Se consideran el sueldo mensual, la asignación familiar cuando corresponda, otros conceptos remunerativos computables y la sexta parte de la gratificación legal relevante. Determinadas remuneraciones complementarias variables, como horas extras, se incluyen si fueron percibidas en tres o más meses del semestre, incluso cuando se trabajó menos de seis meses. Las comisiones que son remuneración principal tienen una regla de promedio distinta.
2. Aplica los meses y días computables
Para el régimen general, una estimación habitual es: CTS = remuneración computable × (meses/12 + días/360). Los días no computables se deducen del tiempo. En una pequeña empresa inscrita en REMYPE rige una cuantía distinta y un límite acumulado; una microempresa debidamente inscrita puede tener trabajadores sin derecho a CTS bajo su régimen especial. El vínculo anterior a la inscripción requiere evaluación diferenciada.
3. Usa la gratificación correcta
Para noviembre, la gratificación relevante es la de julio; para mayo, la de diciembre. No debe sumarse la bonificación extraordinaria del 9 % o 6.75 %. Si la gratificación anterior fue proporcional o no se recibió, ingresa el valor real (incluso cero). Una estimación automática no puede conocer todo el historial del trabajador.
4. Comprueba excepciones y tiempos protegidos
Los descansos por maternidad, determinadas ausencias por enfermedad y otros supuestos previstos legalmente pueden considerarse tiempo computable. No debe descontarse indiscriminadamente todo día en el que no se asistió físicamente al trabajo. Las inasistencias injustificadas sí pueden afectar el tiempo computable.
Ejemplo práctico: CTS por semestre completo
Una persona con sueldo mensual de S/ 2,500, sin asignación familiar ni otros pagos y con una gratificación legal de S/ 2,500, tendría una base de S/ 2,916.67. Por seis meses completos bajo el régimen general, la CTS orientativa sería S/ 1,458.33.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si ingresé pocos días antes del cierre del semestre?
Si al 30 de abril o al 31 de octubre todavía no cumples un mes de servicios, no se efectúa el depósito de ese semestre. Los días se acumulan y se depositan con el siguiente semestre cuando corresponde, conforme al artículo 9 del reglamento de CTS (D. S. 004-97-TR).
¿La CTS tiene descuento de ONP o AFP?
No es un descuento de planilla como el aporte pensionario. En el régimen general, la CTS se deposita en la entidad financiera elegida por el trabajador, con las reglas legales aplicables.
¿Qué hago si mi empresa es pequeña pero no está en REMYPE?
Según SUNAFIL, las empresas no inscritas en REMYPE deben reconocer los beneficios del régimen general. Verifica la situación de la empresa y la fecha de contratación.
¿Puedo incluir comisiones y horas extras?
Sí, si cumplen las reglas según el tipo de ingreso. La herramienta separa las horas extras de las comisiones, cuenta los meses con pago y explica brevemente cuándo se incluyen.
¿Sirve para construcción civil, régimen agrario o CAS?
No. Esos regímenes requieren reglas específicas, por lo que no debes aplicar automáticamente los resultados de esta calculadora.
¿Por qué el importe puede diferir de mi depósito?
Por cambios salariales, gratificación real distinta a la estimada, ingresos variables, faltas, fechas y régimen especial. Utiliza las boletas y el historial del vínculo para verificar el cálculo.
También puedes utilizar nuestra calculadora de sueldo neto.